Organizada por la Fundación Hay Derecho dentro del ciclo “lunes de actualidad”, se celebró la sesión bajo el título “El papel de la sociedad civil en el control del Estado de Derecho y el poder”, con la participación de Societat Civil Catalana y la Fundación Ciudadana Civio. En el transcurso de la misma, aparte de conocer en directo la actividad de estas organizaciones civiles para el control de las actuaciones públicas, planeaba una cuestión muy simple en un estado democrático: “los controles de las mismas corresponden al Parlamento o Cortes Generales a través de la representación política de la soberanía nacional”. Es más, en un sistema de contrapoderes e independencia de los mismos, la vigilancia y el control exhaustivo de todas las actuaciones públicas, es recíproco.
Ahora bien, cuando esta representación política de los ciudadanos queda adulterada por un sistema electoral que discrimina el valor del voto (inconstitucional de acuerdo con el artº 14 de la C.E.) y las elecciones sólo caben dentro de las listas cerradas de los partidos políticos y sus programas, la representación queda mutilada y deformada en su legitimidad, por mucho que se considere legalmente válida (aunque se resienta la igualdad y el pluralismo político del artº 1º.1 de la C.E.). Si a ello añadimos que el inconstitucional “mandato imperativo” partidario es uso habitual en los partidos políticos (artº 67.2 de la C.E.) conculcaría demás el artº 71.1: “Los diputados y senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones” (lo que supone la libertad de actuar en conciencia), tenemos un caos jurídico de primer orden que impide una democracia realmente representativa.
El título del acto convocado por Hay Derecho nos lleva por otros derroteros que nacen en la confusión del “Estado” con las instituciones públicas y más con el gobierno de turno, en ese imaginario popular fomentado interesadamente en cuanto a sometimiento se refiere, pero el artº 1º.2 de la C.E. lo deja bien claro:
“La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”. Todos sin excepción. Luego el Estado se entiende como la organización política y administrativa de la soberanía de la nación, del “poder” real. Los supuestos “poderes” políticos y administrativos lo son por delegación y, por tanto, están al servicio de las funciones que les corresponden. Desde el poder legislativo con la sombra de legitimidad que comentamos, hasta el gobierno o ejecutivo (siempre a las órdenes del legislativo), pasando por el judicial que se limita a aplicar las leyes y la jefatura del estado, encargada de “arbitrar y moderar el funcionamiento regular “de todos el entramado institucional (artº 56 de la C.E.).
Cuando vemos a través de las muchas irregularidades o corrupciones que el “sistema democrático” ha quedado pervertido y que los muchísimos órganos de control del funcionamiento correcto institucional (como son los propios cuerpos del Estado en sus variadas funciones) son colonizados por uno solo de los poderes sin que se reciba la correspondiente corrección, la soberanía nacional se ve obligada a “participar en los asuntos públicos directamente” (artº 32 de la C.E.) o a través de órganos colectivos como las descritas, por la desconfianza en el sistema institucional y en su funcionamiento. De ahí las tasas cada vez mayores de abstención de los ciudadanos: “en las cuatro décadas transcurridas desde las primeras elecciones democráticas, la participación ha seguido una tendencia descendente” (INE) y su derecho a replantearse el papel de los “poderes” delegados. En las encuestas reales de confianza en la política y en las instituciones públicas del espacio europeo, las cifras hablan por sí solas. Ninguna llega al simple aprobado (Eurostat ). Casos continuos de corrupción, mal gobierno, privilegios, discriminación social, etc. no ayudan precisamente a formar una democracia sólida y eficaz.
En España se ha multiplicado el sistema peculiar de funcionamiento por el fraccionamiento territorial, político y administrativo de las llamadas “autonomías” que, bajo la justificación de acercar la gestión pública a los ciudadanos (y en consecuencia simplificarla), se han conseguido crear unos caldos de cultivo propicios a los intereses personales y particulares, con un alto coste presupuestario, con problemas de control público de las actividades, con una burocracia multiplicada y unas tasas de discriminación que, en la práctica, convierten al “soberano” en súbdito de los más variopintos “poderes”. Incluidos los del mundo corporativo cómplice en muchas ocasiones de dislates democráticos.
Por eso existen organizaciones civiles cuyos componentes preferirían confiar en unos buenos, honestos y eficaces administradores dedicados a “servir” la Carta Magna, en lugar de estar dedicados -como parece- a llevarse por delante los derechos que la Constitución proclama y que las propias leyes posteriores, hechas a la carta, modifican (“el constituyente ha pasado a ser el constituido” ) en palabras del gran jurista constitucional Pedro de Vega (q.e.p.d), lo que da idea de cómo la soberanía nacional ha sido traicionada y la Constitución conculcada muchas veces desde la propia legislación vigente.
Actos como el comentado son encuentros de auténticos valientes que se enfrentan a unas tareas gigantescas y desproporcionadas, y a los actuales sistemas políticos híbridos de intereses particulares (cuando no de blasfemias culturales y científicas), en el derecho que les proporciona el artº 23 de la C.E., porque es la sociedad civil la que todavía es soberana y poderosa. El sentido de la palabra “poder” no es la distinción entre gobernantes y gobernados (o los que dan órdenes y quienes están obligados a obedecerlas, tal como lo entendía Léon Duguit a pps. del pasado siglo), sino de quienes con su simple voto pueden delegarlo o retirarlo según y cuando crean conveniente.
Vídeo
FOTO: Imagen de la obra «Recorridos» de Juan Genovés, utilizada como imagen del cartel del evento.