Medio siglo después de aprobar la Constitución que restauró la democracia y las libertades, España y sus instituciones zozobran en el mayor océano de inestabilidad y descrédito de las últimas cuatro décadas. El acoso y enfrentamiento entre los poderes del Estado de la cuarta democracia europea no tiene parangón en nuestro entorno, con un gobierno que continúa cercado de sospechas y de corrupción por los cuatro costados. A la voladura de la separación de poderes de Montesquieu se suman no pocas imputaciones políticas y un reguero de paseíllos judiciales que profundizan en la desafección de la clase política, el Parlamento y sobre todo del Gobierno.
A día de hoy, los ciudadanos continúan manteniendo una elevada confianza en la Constitución, casi el doble de la que tienen los partidos políticos y en el Ejecutivo de la nación. De hecho, es la única institución que aprueba (6,59 puntos), por encima de la Justicia (4,98), el Parlamento (4,35) y los medios de comunicación (4,12). Peor confianza merece el Gobierno con el 3,99 de apoyo y los partidos políticos, con apenas el 3,82.
La segunda Carta Magna más longeva
La Constitución que enterró los rescoldos de una guerra civil y la dictadura de Franco, continúa en entredicho 46 años después por los embates del independentismo, obsesionado con destruir el régimen del 78, la ‘corrupta’ monarquía y hasta el consenso de la Transición. La misma, cuya generación de representantes públicos y de la sociedad civil, logró restaurar la democracia y consolidar los derechos y libertades perdidos. La Carta Magna de 1978 está a punto de ser la más longeva de la historia y superar los 47 años de la de 1876, que instauró la Restauración borbónica y se mantuvo en vigor hasta el golpe de Estado de Primo de Rivera, en 1923.
Hoy, la segunda ley de leyes más robusta y consolidada divide a una opinión ciudadana, a la que el 48,4% (sobre todo votantes de PP y Vox) considera válida aún, frente al 42,6 que no lo cree así (votantes de Psoe y Sumar). Según Sigma Dos, siete de cada diezencuestados está a favor de introducir reformas, como eliminar la preferencia del hombre sobre la mujer en la línea sucesoria de la Corona, o de blindar que jueces y magistrados se elijan a sí mismos sin interferencia política de ningún tipo. El 65,5% de los interrogados se muestra favorable también a imponer un máximo de años o legislaturas para ejercer la presidencia del Gobierno. Las tres únicas modificaciones de nuestra ley de leyes, permitieron la adhesión al Tratado de Maastricht de la UE, la prioridad del pago de deuda pública en los presupuestos sobre las demás partidas y la sustitución del término “disminuidos» por “personas con discapacidad” en lo que supone la primera reforma social de la Carta Magna.
Entre los cinco artículos que están en el punto de mira del secesionismo, el abertzalismo y hasta la izquierda radical, figuran la “indisoluble unidad de la Nación española” (art. 2), la Corona como “símbolo de la unidad y permanencia» del país (art 56), la capacidad para «sancionar y promulgar leyes” (art 62), “las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas (art 92) y la igualdad entre las Comunidades que “no podrá implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales” (art 138) .
Una reforma difícil de negociar
Tan relevantes derechos conquistados deben acomodarse hoy a las reformas que algunos partidos reclaman para mejorar la Carta Magna y otros pretenden derogar. La fragmentación y radicalización que padece el Parlamento no es la mejor situación para revalidar los amplios consensos Transición, que igualmente pretenden dinamitar tanto el nacionalismo como el independentismo periférico. Hasta el bipartidismo socialista y conservador (PSOE y PP) reconoce la dificultad de su reforma en una legislatura tan convulsa y, sobre todo, fragmentada. Nuestra Ley de leyes, a diferencia de la italiana (1947) o de la alemana (1949), no excluye ninguna materia susceptible de cambiar. La Ley Fundamental de Bonn prohíbe modificar la federación en Estados, mientras Francia (1958) o Italia, prohíben alterar la forma republicana de Gobierno. En España, tal pretensión no fructificará si se cuestiona la unidad con naciones inexistentes o se entierra la democracia representativa.
De la pena de muerte, al divorcio y las CC.AA.
Cinco décadas atrás en nuestro país había pena de muerte, la interrupción del embarazo era delito, divorciarse ilegal, los sindicatos estaban perseguidos y hasta defender ideas europeizantes era considerado una traición al régimen que durante mucho tiempo cerceno la las libertades. Por no haber, en 1977 ni existían las comunidades autónomas, ayuntamientos democráticos, ni televisiones o universidades privadas, mientras la libertad religiosa o de enseñanza brillaban por su ausencia. Tras la muerte de Franco, en 1975, todavía hubo que esperar para despenalizar los anticonceptivos y la blasfemia, castigar el tráfico de influencias, construir autopistas y ferrocarriles de alta velocidad o suprimir el servicio militar. Todo un ingente legado que tuvieron que levantar varias generaciones ilusionadas, frustradas durante décadas, en un tiempo en el que el matonismo ultraderechista, el golpismo militar o el terrorismo etarra y del Grapo a punto estuvo de truncar las esperanzas de vertebrar un nuevo país bautizado LIBERTAD.
La Constitución del 78 fue un parto costoso pero necesario para el cambio de régimen aparente, ya que se identifica en ella un pensamiento único general: la socialdemocracia («estado social y democrático de Derecho), impuesta por EE.UU. a las naciones europeas tras la 2ª G.M. Lo que contrata a su vez con el «pluralismo político» reconocido a constinuación.
Es más, la Comisión Constitucional partidaria se suponía basada en la representación política directa de los españoles, pero no. Fueron representantes de los partidos políticos quienes aparecen como «padres» de la misma. Eso sí, bajo la atenta mirada de EE.UU. que actuó como «padrino» de la criatura y los redactores reales: Alfonso Guerra y Abril Martorell en sus sesiones gastronómicas.
No es una Constitución del Pueblo, redactada por el pueblo y para el pueblo. De hecho la mayor parte de su texto no la entiende la gente normal. Y por eso es tan fácil retorcerla. Y por eso un Tribunal Constitucional que sería innecesario.
En estas mismas páginas se reflejó un trabajo de «revisión crítica constitucional» llevado a cabo a lo largo de más de un año, señalando las muchas incorrecciones, contradicciones y errores jurídicos de la misma, de los que procedían la mayor parte de los problemas posteriores.
En un acto del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, con abundancia de catedráticos, juristas de todo tipo y constitucionalistas, se reconocían los mismos achacándolos a las circunstancias de su redacción.
«Mantenerla y no enmendarla» a su debido tiempo ha sido la causa de que cada cual la interprete como le parezca. La consecuencia es un texto constitucional desconcido para gran parte de la gente que debería encontrar en el mismo la claridad, la contundencia y, sobre todo, la atribuición de competencias. En este sentido es prientador el debate sobre la figura y atribuciones de la Jefatura del Estado, cuya figura se ha diluído y confundido en el propio texto intencionadamente para dejar patente quien es «el puto amo».
Un saludo.