El mandato imperativo

Antonio Hernando - FOTO: 20 Minutos | Juan Carlos Hidalgo (EFE)
Juan Laguna
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— P U B L I C I D A D —

En la segunda parte de la sesión de investidura del presidente del gobierno, varios diputados del PSOE se abstuvieron “por imperativo”, sin especificar muy bien el tipo de “imperativo” que les hacía forzar su voto en sentido diferente a lo que hubieran preferido. Una vez más se ponía en evidencia lo inconsistente del precepto constitucional, al haberse sustituido la prohibición del mandato imperativo del cuerpo electoral, por la llamada “disciplina de partido” o, lo que es igual, el “mandato imperativo” del partido sobre su grupo parlamentario. Cómo advertía Pedro de Vega (q.e.p.d.) se modificaba y retorcía el espíritu constitucional por hechos o normas posteriores.

Mucho se ha debatido acerca de esta cuestión que, como es lógico, tiene sus defensores (anticonstitucionales) y sus críticos (constitucionalistas). Los primeros, porque consideran que el texto constitucional es interpretable según les convenga; los segundos, porque son extremadamente respetuosos con el sentido de las normas constitucionales. Tanto unos como otros pueden tener sus razones ya que, muchas veces, la C.E. adolece de decir una cosa y la contraria, incluso en el mismo artículo o, en otros casos, quedar subordinada la norma constitucional “a las leyes” que posteriormente se dicten.

El sólo hecho de la mención de dicho “imperativo” por los diputados del PSOE habría debido llevar a la presidencia del Congreso a corregir tal cuestión y, en su caso, anular su voto ante la claridad con que se expresa en este caso la C.E. y se recoge más arriba. No estar ligado por mandato imperativo incluye cualquier tipo del mismo, sea cual fuere la procedencia, para dejar que el diputado vote sólo desde su propio criterio, no por imposición de la mencionada disciplina de partido claramente anticonstitucional.

Resulta curioso que un atentado de este tipo, que pervierte el sentido de la soberanía popular, parezca ser lo habitual en el funcionamiento parlamentario y no merezca al menos una visualización mediática mayor. O que se acepte como “normal” (lo que supone aquello de que “la costumbre se hace ley” finalmente). Es decir, la perversión como conducta habitual, llega a formar parte de la costumbre, al igual que el soborno para conseguir contratos, es un hábito asumido y contabilizado por gran parte de las empresas y corporaciones.

Se dice, para justificarlo (o tratar de hacerlo) que también la C.E. consagra a los partidos políticos como la única vía de participación en los asuntos públicos:

“Los partidos políticos expresan el pluralismo político (redundante), concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular…” (artº 6 C.E.), para reconocer más tarde: “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos…” (artº 32.1 C.E.). En definitiva, los partidos no son el único cauce de expresión política pero, en la práctica, son a los que se da la oportunidad y el privilegio de la acción política efectiva. Los ciudadanos que pretenda participar se ven obligados a elegir ese cauce y, por ello, obligados a acatar la “disciplina” del partido en su acción política, incluida la de representación popular que queda así capturada por las distintas formaciones.

La representación por tanto no es real, sino artificiosa. Los partidos no recogen y menos aún debaten en su seno las “políticas” que requiere una sociedad (al menos en debates abiertos a todos los ciudadanos), sino que establecen “sus” propias políticas que, más bien, van dirigidas a una sola cosa: ganar el poder y mantenerse en él. Los programas se copian porque existe conciencia de su incumplimiento posterior y se presentan -en todo caso- como “contratos de adhesión” al ciudadano inerme y desarmado intelectualmente, acostumbrado a obedecer simplemente, a que le manden.

El verdadero “mandato imperativo” nacería en unas Cortes Generales por medio de las leyes o normas de convivencia social, surgidas de la confianza en los representantes libremente elegidos. Algo que el presidente de gobierno aún en funciones, no estaba dispuesto a aceptar: “…hace falta un gobierno no para ser gobernado, sino para gobernar…” , “…un gobierno que marque la política del país…” y otras frases por el estilo, empecinado en seguir haciendo las cosas que hasta el momento se han hecho, que le valieron alguna que otra reconvención parlamentaria y que, de no existir el “mandato imperativo” partidario, probablemente le habría dejado “en funciones” de nuevo. Por eso jugó con habilidad sus cartas y sus tiempos. En la primera sesión todo era lucir talante negociador, en la segunda, con los compromisos ya amarrados, aceptar el diálogo “pero sin pasarse…” Tanto el “PSOE” como “Ciudadanos” estaban cogidos en la trampa y entregaban de nuevo el gobierno al “PP”.

En el caso del “PSOE” y su “abstención imperativa” o (como se le recordó), su abundamiento en el “pragmatismo” para decir una cosa y hacer la contraria, no se puede entender que facilite al “PP” el perseverar en las tan denostadas (por ellos sobre todo) políticas antisociales salvo, claro está, que existan motivos de algún tipo (confesables o no) para hacerlo. El evitar unas terceras elecciones como si eso fuera un cataclismo nacional, no se lo traga nadie, ni ellos mismos.

Sobre el caso de “Ciudadanos”, perdidos en el laberinto, no hay mucho que decir. Su voto afirmativo a la candidatura del Sr. Rajoy después de muchísimos “¡váyase Sr. Rajoy!” en la tribuna del Congreso, es también de difícil digestión para muchos de sus votantes confiados en la regeneración real de la política. Las “exigencias” del compromiso escrito con el “PP” que intentó escenificar el Sr. Rivera, eran rebotadas con una posición de prepotencia que únicamente se comprometía a “hablar de todo ello”, lo que simplemente es una maniobra para ganar tiempo y asumir otros “compromisos” que están siendo requeridos por intereses externos como la firma del TTIP. También aquí el “mandato imperativo” partidario quedaba de manifiesto en un partido que pretendía traer nuevos aires a la política nacional. Sólo hacía falta mirar las expresiones de sus diputados al dar el “sí”.

Al final de todo ello puede resultar que, donde nace el “mandato imperativo” a las demás naciones del mundo a través de los gobiernos respectivos, no está en la credulidad democrática de los sistemas, sino en los intereses de otros que se transmiten y difunden por la gran red del poder económico, financiero y mediático del gobierno mundial, según reconocía el hasta ayer candidato y desde ayer mismo presidente del gobierno. Eso sí, a partir de la transgresión del artº 67.2 de la Constitución Española que lo impide, pero eso ¿a quien le importa? El Sr. Baldoví lo resumió perfectamente: “¡Chapeau, Sr. Rajoy!”.


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