Con el PP y C’s, estado de derecho o… vaya usted a saber qué

José Luis Heras Celemín
Por
— P U B L I C I D A D —

Con el título, y como parte de él, advirtamos que la ‘o’ es una conjunción disyuntiva que denota diferencia, separación o alternativa entre dos o más personas, cosas o ideas. Por ello, el enunciado expresa que con el PP y C’s actuales podemos estar disfrutando del Estado de Derecho constitucional que creemos tener o algo distinto que puede quedar en unos puntos suspensivos que indican que el sentido de la oración no queda completo o que existe temor, duda o algo inesperado y extraño.

Lo anterior señalado, precisemos el concepto ‘Estado de Derecho’ como aquel en el que la capacidad y operatividad de los poderes del Estado están reguladas y garantizadas por la ley. Es, pues, la ley quien garantiza el ejercicio del poder marcando obligaciones y derechos. Y advirtamos que si alguien tratara de suplir la ley no nos hallaríamos ante la disyuntiva del título sino ante una transgresión.

Lo anterior no obstante, y porque pudiéramos encontrarnos frente a otra situación (poco probable), concedámonos el beneficio de la duda y entremos en lo ocurrido en estos días (al Presidente de Murcia) con la mente expectante para verlo y remitirlo a las instancias estatales que deben ocuparse del asunto. Lo que ocurre, gravísimo, es que el Partido Popular y Ciudadanos, a instancias de este último, están tratando de acordar una forma de hacer que atropella los derechos de un ciudadano español al que se pretende privar de uno de esos derechos, concretamente el Derecho a la Presunción de Inocencia que garantiza el apartado 2 del artículo 24 de la Constitución:

«Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia».

Esta realidad, que es inquietante, cobra una entidad superior si se advierte que no es un hecho aislado impulsado por C’s para sacar rédito de la estabilidad política murciana. Y es que la pretensión de atropellar la presunción de inocencia es una vieja apetencia conocida por todos (también por las instituciones del Estado) a la que hasta la fecha nadie ha puesto coto. Y que, por lo que apuntan ambos partidos, sigue siendo motivo de negociación entre ellos.

Aunque se trate de un político, no importa cuál ni si el asunto tiene otras connotaciones, lo que ocurre es que a un ciudadano se le puede retirar el derecho constitucional a la presunción de inocencia y lo que de él se deriva con el simple motivo de que unos partidos políticos lo acuerden utilizando el hecho de que un órgano jurisdiccional investigue su conducta. Eso significa que a un español, a uno de nosotros (que sea político es irrelevante), Ciudadanos y Partido Popular pretenden privarle de un derecho usando una fórmula constitucionalmente inadmisible. Porque es el órgano jurisdiccional y no ellos quien puede entender sobre la privación de nuestros derechos; y siempre desde lo establecido por la Ley.

Es cierto que en la fase de instrucción de los procedimientos judiciales hay medidas cautelares que pueden ser de aplicación y que hasta la fecha la Ley no ha especificado cuando proceden esas medidas. Pero también es cierto que es el órgano jurisdiccional, y no los partidos políticos, quien debe decidir qué medidas son oportunas en cada caso y cómo aplicarlas. Y que los partidos políticos tienen la posibilidad (y obligación si lo creen necesario) de impulsar cuantas acciones legislativas deban para modificar la Ley, por los métodos previstos, sin interferir ni suplantar la acción de la justicia que ahora se advierte.

El tema es importante porque de seguir la violación de derechos, que hoy se concreta con el atropello de la presunción de inocencia de un político, se puede producir toda la serie de abusos y desmanes que la casuística puede provocar en perjuicio de todos nosotros; y de un Estado de Derecho que dejaría de serlo para transformarse en algo distinto.

Y es que no se trata de la alianza, o componenda, entre dos partidos políticos, de la voluntad de uno de ellos de hacerse ver imponiendo a otro exigencias a cambio de beneficios unilaterales o compartidos, o de la resistencia de uno a las imposiciones de otro. Lo que ocurre es que, a la vista de todos y ante las instituciones del Estado (Cortes Generales, Gobierno, Poder Judicial, Fiscalía, Policía…) se impone a la sociedad (no al PP, al Presidente de Murcia o a los que puedan estar en situación pareja) la sustitución de la ‘sentencia judicial’ por un acuerdo entre partidos para lograr que una simple investigación judicial prive de un derecho constitucional. Al respecto y como consuelo, se puede recordar que el propio Estado de Derecho dispone medios para evitar atropellos de derechos. Pero eso, que es sabido, sobrepasa el propósito ésta y ha de quedar pendiente.

Conviene añadir que es acertado, y deseable, tratar de erradicar la corrupción y velar por la pureza en la gestión de la ‘res publica’, que pudiera ser el motivo (erróneo) para proceder así. Puede buscarse como excusa, incluso, que con la mejor intención desde Ciudadanos se pretendan acelerar los procesos que hoy se tomen por lentos y que el PP, también con buen propósito, acceda a ello buscando lo que pudiera entenderse como un beneficio para la sociedad. Pero, rechazando esas excusas, que no sirven de disculpa, lo importante no es lo que pretendan PP y C’s, la intención que tengan ambos, o lo que puedan conseguir. Lo trascendental es que sustituyendo la sentencia de un órgano jurisdiccional por un acuerdo entre partidos el Estado de Derecho y el imperio de la Ley quedan sometidos a algo tan volátil y peligroso como la voluntad de los partidos.

Una voluntad con intereses de parte, y por consiguiente parcial, que provoca una optativa que alarma: Estado de Derecho o…vaya usted a saber qué.

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