El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes pasado 21 de mayo, a una profunda reforma del subsidio por desempleo, que se traduce en un aumento significativo de las cuantías, una ampliación del colectivo de beneficiarios y la posibilidad de compatibilizarlo con un salario o una beca.
La principal novedad es la subida por tramos de la cuantía del subsidio por desempleo, que actualmente se sitúa en 480 euros mensuales (80% del IPREM). A partir de ahora, los beneficiarios recibirán:
- 95% del IPREM (570 euros) durante los primeros seis meses.
- 90% del IPREM (540 euros) durante los siguientes seis meses.
- 80% del IPREM (480 euros) el resto del periodo.
La reforma también amplía el abanico de personas que pueden acceder al subsidio, incluyendo:
- Víctimas de violencia de género o sexual a partir de los 16 años.
- Emigrantes retornados.
- Menores de 45 años sin cargas familiares.
- Trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado.
- Personas con menos de 12 meses cotizados.
- Parejas de hecho.
Compatibilidad con el trabajo, posibilidad de compatibilizar el subsidio por desempleo con un salario o una beca.
La duración máxima del subsidio seguirá siendo de 30 meses y podrá compatibilizarse con un trabajo por un máximo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin que durante ese periodo se reduzca la cuantía. Este salario, que no podrá superar el 225% del IPREM (1.350 euros al mes), podrá cobrarse después de llevar un año recibiendo la prestación.
Otras mejoras
- Se eliminan los subsidios parciales y se permite cobrarlos íntegros.
- Se facilita el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas.
- Se reduce a 10 días el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios eventuales puedan acceder al subsidio.
- Se establece un mecanismo de reserva de fondos para políticas activas de empleo para mayores de 52 años (unos 600 millones de euros).
- Se acumula el periodo de lactancia como un derecho.
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