Reforma del subsidio por desempleo

Fernando Martín Corroto
Por
— P U B L I C I D A D —

El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes pasado 21 de mayo, a una profunda reforma del subsidio por desempleo, que se traduce en un aumento significativo de las cuantías, una ampliación del colectivo de beneficiarios y la posibilidad de compatibilizarlo con un salario o una beca.

La principal novedad es la subida por tramos de la cuantía del subsidio por desempleo, que actualmente se sitúa en 480 euros mensuales (80% del IPREM). A partir de ahora, los beneficiarios recibirán:

  • 95% del IPREM (570 euros) durante los primeros seis meses.
  • 90% del IPREM (540 euros) durante los siguientes seis meses.
  • 80% del IPREM (480 euros) el resto del periodo.

La reforma también amplía el abanico de personas que pueden acceder al subsidio, incluyendo:

  • Víctimas de violencia de género o sexual a partir de los 16 años.
  • Emigrantes retornados.
  • Menores de 45 años sin cargas familiares.
  • Trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado.
  • Personas con menos de 12 meses cotizados.
  • Parejas de hecho.

Compatibilidad con el trabajo, posibilidad de compatibilizar el subsidio por desempleo con un salario o una beca.

La duración máxima del subsidio seguirá siendo de 30 meses y podrá compatibilizarse con un trabajo por un máximo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin que durante ese periodo se reduzca la cuantía. Este salario, que no podrá superar el 225% del IPREM (1.350 euros al mes), podrá cobrarse después de llevar un año recibiendo la prestación.

Otras mejoras

  • Se eliminan los subsidios parciales y se permite cobrarlos íntegros.
  • Se facilita el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas.
  • Se reduce a 10 días el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios eventuales puedan acceder al subsidio.
  • Se establece un mecanismo de reserva de fondos para políticas activas de empleo para mayores de 52 años (unos 600 millones de euros).
  • Se acumula el periodo de lactancia como un derecho.

Más información:

Martín Corroto y Asociados

C/ Santa Engracia nº 64, 5ª planta. Madrid 28010
Teléfono: 91 593 89 49
Fax: 91 593 89 55

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